Los datos sobre denuncias falsas en los tribunales no existen, ni en el caso de violencia de género, ni en ningún otro, porque no se elabora esa estadística. Sin embargo, es recurrente oír hablar de mujeres que aprovechan la nueva ley integral sobre violencia machista para denunciar maltrato y obtener ventajas en sus divorcios que antes no tenían, a saber, el alejamiento inmediato del marido que ha de salir de la casa compartida y su incomunicación forzosa con la mujer. La existencia de denuncias falsas no escapa a ninguna materia judicial, pero el término parece haberse inventado para la violencia de género. Los estudios de las aseguradoras hablan de un 30% de denuncias inventadas en los robos en el hogar, el 90% de las causas de mala praxis contra los médicos acaban archivadas y los jueces saben lo mucho que se exageran los pleitos entre vecinos. ¿Están mintiendo más las mujeres sobre el supuesto maltrato padecido que otras personas implicadas en causas distintas?
El juez de Sevilla Francisco Serrano ha dicho esta semana que miles de hombres están sufriendo por esta causa. "Se estigmatiza al hombre y se protege a la mujer por el hecho de serlo", y ofreció una relación asombrosa entre los suicidios entre hombres y los divorcios. La presidenta del Observatorio de los jueces para la Violencia Doméstica, Inmaculada Montalbán, contestó al juez recriminándole sus palabras sobre el "mito de las denuncias falsas" y el juez la denunció por injurias y amenazas. El rifirrafe ha amplificado un debate que está en la calle. ¿Hay o no hay más denuncias falsas por maltrato que en el resto de los delitos?
Es imposible saberlo, aunque algunos abogados de familia se remiten a su experiencia profesional para alertar de que eso está ocurriendo, y no sólo, dicen, porque se busquen ventajas en el divorcio. "El problema radica en parte en la escasez de juzgados de familia y los muchos divorcios que se tramitan. Ante ese colapso, la gente busca inmediatez y se van al juzgado de violencia de género, que les garantiza una orden de alejamiento automática", explica María Pérez Galván, socia responsable del gabinete Zarraluqui, 28 años de experiencia como abogada de familia.
Pérez Galván no se atreve a dar una cifra, ni a ojo de buen cubero, sobre la incidencia de estas supuestas denuncias falsas, pero conoce casos dramáticos en los que alguno de sus clientes ha tenido que abandonar la vivienda en un par de días, la vivienda en la que, además, tenía instalado su trabajo. "A veces esto ocurre porque los propios abogados aconsejan así a las mujeres, pero yo creo que los divorcios conflictivos son traumáticos, pero no todo portazo es violencia de género, y en un contexto de crisis sentimental se dicen muchas cosas y una mirada puede machacar al otro. Todo eso no es violencia de género, y se reconduciría con profesionalidad desde los tribunales de familia", añade.
Para esta abogada, la creación de más juzgados de familia acabaría con la "humillación de tantos hombres y la difamación" que se les queda pegada, dice, como una mancha indeleble.
Pérez Galván no cree, sin embargo, que haya muchas ventajas en tramitar un divorcio desde un juzgado de violencia de género, "porque las primeras medidas se toman rápido, pero la sentencia puede tardar un año y, sin embargo, en los juzgados de familia llevaría unos cuatro meses".
La presidenta de la Asociación Themis de mujeres juristas, Altamira Gonzalo, utiliza ese mismo argumento para demostrar que no existen denuncias falsas tal y como se están planteando. "La interposición de denuncias no ayuda a la tramitación de un divorcio, es un problema más, pero se hace cuando no queda más remedio, a las mujeres les cuesta denunciar. Pero con frecuencia tramitamos rupturas de parejas cuya causa eran los malos tratos continuados y no nos enteramos, porque no lo denuncian, simplemente acaban con el matrimonio para cortar con los malos tratos", dice.
Profesionalidad es una palabra que se usa mucho en este debate. Porque jueces y fiscales defienden su buen hacer en casos como estos. Ninguna de las tres asociaciones de jueces más conocidas ha querido validar la existencia de denuncias falsas en violencia machista sin datos que lo avalen. El portavoz de Jueces para la Democracia, Miguel Ángel Gimeno, dice que "el juez es quien supervisa si la denuncia tiene visos de ser falsa, admitiendo que la policía no lo haya detectado antes y, si no se archivan de plano esos casos, es porque no hay tantas falsas como se dice. Se puede intentar instrumentalizar el derecho penal, pero para eso están los jueces, que deben tutelar los derechos de las víctimas y las garantías para el acusado. Yo más bien diría que se pueden exagerar, en todo caso, algunas de estas denuncias, pero no creo que más que en otras materias".
Exagerar es también la palabra que cita Marcelino Sesmero, portavoz de la Asociación de jueces Francisco de Vitoria. "La violencia doméstica levanta pasiones y el lenguaje a veces está inflamado. Si hay denuncias falsas es que alguien miente y no tenemos datos sobre eso, más bien puede haber denuncias exageradas o desproporcionadas. Habría que matizar y tranquilizar a los ciudadanos sobre esto: los jueces sabemos distinguir la entidad de lo que se denuncia y ajustarnos a cada caso".
Y por último, Antonio García Martínez, de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), dice: "No disponemos de datos, pero estas polémicas públicas entre jueces no creo que contribuyan a arreglar nada". La ley de violencia de género, dice, sin embargo, "tiene unas peculiaridades que pudiera, quizá, ser terreno propicio para que esos ilícitos pudieran producirse, pero habrá que hacer prospecciones antes de aseverar nada. Se confirma que las cosas no las vemos como son, sino como somos".
Puede ser. Algunas organizaciones de padres separados las ven de esta manera: "Un porcentaje muy importante de estas denuncias ha sido con el objetivo de conseguir beneficios en el divorcio, para chantajear a la otra parte o impedirle que se le adjudique la custodia compartida o, simplemente, fastidiar. Esto perjudica a las mujeres verdaderamente maltratadas, a los hombres inocentes y, sobre todo, daña a los hijos", dice Justo Sáenz, presidente de la Confederación Española de Asociaciones de Madres y Padres Separados.
Sáenz maneja algunos datos. "Si entre 2005 y 2008 se han tramitado 256.473 denuncias de maltrato y 115.768 han sido sobreseídas y 45.421 hombres, declarados inocentes, hay 161.189 hombres, el 61% de las denuncias, a quienes se ha aplicado el protocolo de maltrato siendo inocentes, con las consecuencias que ello acarrea".
Le contesta Soledad Cazorla, fiscal delegada para la violencia sobre la mujer: "Las absoluciones no pueden confundirse nunca con denuncias falsas; hay cosas que, sencillamente no se pueden probar y en estos delitos de maltrato no siempre es fácil por sus características. Y eso es muy distinto que denunciar falsamente a sabiendas", dice. "Las denuncias falsas no son categoría, son anécdotas, y jueces y fiscales respetamos la presunción de inocencia, ese filtro está ahí, no bajamos la guardia. Si precisamente en lo que tenemos dificultad es en demostrar la prueba de cargo. Nos encontramos con mujeres que denuncian porque ya no pueden más, con otras que no declaran contra ellos porque están en su derecho, con otras que no recuerdan lo que pasó y el golpe se lo dieron ellas mismas con la lavadora y la que, por salvar al agresor, dice que ha sido un ataque de celos y que ha mentido ante el juez", detalla Cazorla.
La fiscalía ha recabado algunos datos. En 2007 se incoaron 19 procedimientos por denuncias falsas; en 2008, 18, y en 2009, 22. "Y aquí no se sabe cuál es la sentencia, sólo se incoa por indicios", aclara. Al año hay unas 100.000 denuncias por malos tratos, de las 400.000 mujeres que padecen violencia de género en España, según las encuestas oficiales.
También el Consejo General del Poder Judicial ha hecho valer esta semana un estudio basado en 530 sentencias recogidas en las Audiencias Provinciales. Sólo en una de ellas se mandó investigar la denuncia por indicios de falsedad. Se trataba de un caso en el que la mujer se desdijo durante el juicio. Los golpes se los había dado ella contra electrodomésticos varios. Sentencia absolutoria. Pero a las audiencias provinciales llegan los casos más graves, es como hacer una prueba de alcoholemia a la salida de un colegio, en lugar de a la salida de una discoteca, esgrimen los que defienden que se están produciendo demasiadas denuncias falsas.
"Las denuncias por maltrato están bajando, las mujeres no denuncian lo que debieran. Esta ley no va contra los hombres, sólo contra los maltratadores. Y no es cierto que la violencia sea propia y normal en los casos de divorcio. Esa violencia viene de antes, y la mujer quiere poner fin a ella con el divorcio, pero los abogados de familia desconocen este fenómeno e insisten en llamar conflicto conyugal a lo que es violencia de género", explica con vehemencia Miguel Lorente, el delegado para la violencia de género del Ministerio de Igualdad.
Más allá de las denuncias falsas, de las que no hay datos, el debate sobre si esto está ocurriendo o no está perfectamente enconado entre unos y otros, todos profesionales que trabajan en la violencia de género o en divorcios. "Si hay que abrir un debate sobre la corrección jurídica de la ley o sobre si tiene algún punto débil, habrá que hacerlo desde un punto de vista serio y jurídico", dice Miguel Ángel Gimeno, de Jueces para la Democracia. Y el juez de familia José Luis Utrera, de Málaga, plantea: "Ha sido un error que los juzgados de violencia de género lleven a la vez causas civiles y penales, y se están viendo casos con maltrato en los juzgados de familia y casos sin maltrato en los juzgados de violencia. Y está habiendo muchas cuestiones de competencia". Utrera añade: "Hay abogados que esconden la violencia para llevar el caso en los juzgados de familia, que es más rápido y porque son causas interminables, duran años, con el régimen de visitas, las pensiones. Que todo esto esté en violencia de género sólo contribuirá a colapsarlos".
"La protección a la víctima cuando se evalúa que corre riesgo, el alejamiento que se decreta, no es una ventaja por la que las mujeres acudan a denunciar, es una conquista. El proceso penal siempre se ocupaba del reo, de su castigo o de su inocencia, pero la protección a la víctima es una conquista del proceso penal moderno", dice la fiscal Soledad Cazorla. Y zanja: "La denuncia falsa no es un problema de funcionamiento de la ley". Y se acuerda de los que robaban en gasolineras y, cuando se daban cuenta de que les habían tomado la matrícula, inmediatamente iban a denunciar que les habían sustraído el coche. "Anécdotas, no categorías".
Fuente: EL PAIS
jueves, 31 de diciembre de 2009
Aguirre anuncia que se restringirá el acceso a la justicia gratuita.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, anunció que el próximo enero el Consejo de Gobierno aprobará un decreto para modificar los procedimientos y criterios para el acceso a la Justicia Jurídica Gratuita para limitar su acceso a las personas que acrediten la insuficiencia de recursos. La modificación estará encaminada a evitar la actual ligereza con la que se proporciona la Justicia Gratuita en todos los ámbitos, especialmente en lo relativo a la Ley de Extranjería y a los delitos relacionados con la Seguridad Vial. La Comunidad de Madrid gasta 50 millones en este servicio. Ayer mismo, el Consejo de Gobierno aprobó aumentar en 11 millones más los presupuestos previstos para 2010 para esta prestación, que pasan de 31 millones a 45 millones de euros ante las quejas del Colegio de Abogados de Madrid.
Por ello, la jefa del Ejecutivo madrileño avanzó que solicitará una reunión de la Comisión Mixta de Transferencias para que se ponga remedio al actual abuso de este servicio, una materia que se confunde con el Turno de Oficio y que no estaba prevista en el marco de las competencias judiciales transferidas por el Gobierno central a la Comunidad de Madrid. Según Aguirre, la Comisión debe abordar esta cuestión y arbitrar una solución para las transferencias de Justicia, ya que el gasto en esta materia "se ha disparado de 0 a 50 millones de euros". "Es necesario una reforma para que Madrid deje de ser deudor de los abogados del Turno de Oficio", reseñó en alusión a la deuda de 31 millones de euros que mantiene la Comunidad con el colectivo.
"No podemos seguir sufragando estos 50 millones de euros cuando no estaba previsto en las transferencias", denunció Aguirre, quien anunció que la Comunidad "no va a seguir un año más alimentando un fraude y esta desnaturalización de la Justicia Gratuita" con motivo, del abuso que se hace de la Ley de Extranjería. "Se nos obliga a asumir cuestiones judiciales de inmigrantes que entran por Barajas no sólo en materia de Extranjería, sino en otros ámbitos", recalcó tras inaugurar esta mañana las nuevas instalaciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Recordó que en su día se quejó porque el Gobierno regional tuviera que sufragar el recurso jurídico planteado por el hijo del jefe de Al Qaeda, Omar Bin Laden, quien solicitó asilo en el aeropuerto de Barajas.
Además, recalcó que la nueva legislación sobre delitos contra la Seguridad Vial hace que cualquiera que sea detenido por exceso de velocidad o por conducir bajo los efectos del alcohol se le designa un abogado de oficio, cualquiera que sean sus ingresos económicos. "Aunque sea inmensamente rico, le tenemos que sufragar la Justicia Gratuita. Eso no se puede soportar", reseñó.
Por su parte, el consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Francisco Granados, explicó que se aprobará este Decreto para establecer unos criterios que limiten el acceso a este servicio a las personas que acrediten la insuficiencia de recursos. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid quiere que cada uno de los recursos que se interpongan vengan acompañados con el correspondiente mandato del cliente, puesto que actualmente se dan casos en los que los abogados recurren sin que el patrocinado lo haya requerido.
Granados avanzó que el Decreto incluirá una modificación de los módulos para establecer un precio único para las actuaciones de un abogado. Además, añadió que en los delitos de tráfico se tendrá que justificar también la insuficiencia de recursos. En cuanto a la reunión de la Comisión Mixta, explicó que se trata de "ajustar la factura a la Ley", ya que "las transferencias no incluían una cantidad por la Justicia Gratuita".
Fuente: EL PAIS
Por ello, la jefa del Ejecutivo madrileño avanzó que solicitará una reunión de la Comisión Mixta de Transferencias para que se ponga remedio al actual abuso de este servicio, una materia que se confunde con el Turno de Oficio y que no estaba prevista en el marco de las competencias judiciales transferidas por el Gobierno central a la Comunidad de Madrid. Según Aguirre, la Comisión debe abordar esta cuestión y arbitrar una solución para las transferencias de Justicia, ya que el gasto en esta materia "se ha disparado de 0 a 50 millones de euros". "Es necesario una reforma para que Madrid deje de ser deudor de los abogados del Turno de Oficio", reseñó en alusión a la deuda de 31 millones de euros que mantiene la Comunidad con el colectivo.
"No podemos seguir sufragando estos 50 millones de euros cuando no estaba previsto en las transferencias", denunció Aguirre, quien anunció que la Comunidad "no va a seguir un año más alimentando un fraude y esta desnaturalización de la Justicia Gratuita" con motivo, del abuso que se hace de la Ley de Extranjería. "Se nos obliga a asumir cuestiones judiciales de inmigrantes que entran por Barajas no sólo en materia de Extranjería, sino en otros ámbitos", recalcó tras inaugurar esta mañana las nuevas instalaciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Recordó que en su día se quejó porque el Gobierno regional tuviera que sufragar el recurso jurídico planteado por el hijo del jefe de Al Qaeda, Omar Bin Laden, quien solicitó asilo en el aeropuerto de Barajas.
Además, recalcó que la nueva legislación sobre delitos contra la Seguridad Vial hace que cualquiera que sea detenido por exceso de velocidad o por conducir bajo los efectos del alcohol se le designa un abogado de oficio, cualquiera que sean sus ingresos económicos. "Aunque sea inmensamente rico, le tenemos que sufragar la Justicia Gratuita. Eso no se puede soportar", reseñó.
Por su parte, el consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Francisco Granados, explicó que se aprobará este Decreto para establecer unos criterios que limiten el acceso a este servicio a las personas que acrediten la insuficiencia de recursos. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid quiere que cada uno de los recursos que se interpongan vengan acompañados con el correspondiente mandato del cliente, puesto que actualmente se dan casos en los que los abogados recurren sin que el patrocinado lo haya requerido.
Granados avanzó que el Decreto incluirá una modificación de los módulos para establecer un precio único para las actuaciones de un abogado. Además, añadió que en los delitos de tráfico se tendrá que justificar también la insuficiencia de recursos. En cuanto a la reunión de la Comisión Mixta, explicó que se trata de "ajustar la factura a la Ley", ya que "las transferencias no incluían una cantidad por la Justicia Gratuita".
Fuente: EL PAIS
martes, 22 de diciembre de 2009
Corbacho anuncia la aprobación inminente del anteproyecto de ley de protección por cese de actividad para autónomos.

El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho se ha reunido con las asociaciones de autónomos para informarles de que el Consejo de Ministros del próximo día 30 aprobará el proyecto de Ley que establece una protección por cese involuntario de actividad para los trabajadores y trabajadoras autónomos.
Corbacho se ha referido al dictamen emitido por el CES y ha señalado que ha sido favorable.Aunque ha matizado "que hay una serie de recomendaciones que se tendrán en cuenta". Sin embargo, una vez conocido el informe del CES, "hemos convenido, subraya el ministro, en no perder tiempo y llevarlo al Consejo de Ministros el día 30 de este mes e iniciar los trámites en sede parlamentaria".
Para el titular de Trabajo es importante dotar al trabajador autónomo de una protección jurídica y social."Y estamos dando pasos, para igualar al autónomo con otros trabajadores por cuenta ajena" ha manifestado.El titular de Trabajo e Inmigración, ha expresado finalmente su deseo de que se "apruebe mayoritariamente y por unanimidad y no se alargue excesivamente en trámite parlamentario".
Fuente: Ministerio de trabajo y asuntos sociales
Aprobada por unanimidad la Ley contra el ‘spam’ telefónico y otras prácticas comerciales agresivas.
El Congreso de los Diputados ha aprobado hoy la Ley por la que semodifica el régimen legal de la competencia desleal y de lapublicidad ilícita para incrementar la seguridad de losconsumidores.
Esta Ley, propuesta conjuntamente por los ministerios de Sanidad y Política Social, Justicia, Economía yHacienda e Industria, Turismo y Comercio, traslada a nuestroordenamiento jurídico dos disposiciones del ParlamentoEuropeo y del Consejo: la directiva 2005/29/CE, relativa aprácticas comerciales desleales, y la 2006/114/CE, sobrepublicidad engañosa y publicidad comparativa. Además de aumentar la seguridad de los consumidores, lanorma aprobada proporciona seguridad jurídica a las empresasque compiten legítimamente en el mercado frente a aquellasque realizan prácticas contrarias a la buena fe, carentes dediligencia profesional y que distorsionan de manera significativael comportamiento económico del consumidor.
PRÁCTICAS ENGAÑOSAS Y AGRESIVAS.
La nueva Ley regula por primera vez en nuestro ordenamientojurídico las prácticas comerciales agresivas ytipifica con claridad las practicas comerciales desleales, esdecir, aquellas conductas engañosas que contenganinformación falsa o que, aun siendo veraz por su contenido opresentación, pueda inducir a error a los destinatarios; porejemplo, en cuestiones como la asistencia postventa o eltratamiento de las reclamaciones. Del mismo modo, se considera desleal y agresivo todocomportamiento que pueda mermar de manera significativa, medianteacoso, coacción, fuerza o influencia indebida, la libertadde elección o conducta de los consumidores enrelación al bien o servicio que se oferte. Por ejemplo, actuacionescomo el spamtelefónico son consideradas desleales y, por tanto,perseguibles.
OTRAS CONDUCTAS DESLEALES
Entre otras conductas, también se considerandesleales: · La comparación pública de la actividad, lasprestaciones o el establecimiento propio o ajeno con los de untercero cuando dicha actividad se refiera a extremos que no seananálogos, relevantes ni comparables. · La ocultación de información necesaria para que losconsumidores puedan adoptar un comportamiento económico conconocimiento de causa. · La transmisión de información de manera poco clara,ininteligible, ambigua o en un momento que no sea adecuado. · Inducir a los consumidores a tomar decisiones inmediatas con elpretexto de que un bien o servicio sólo estarádisponible durante un período de tiempo limitado y esto nosea cierto. · Presentar los derechos que otorga la legislación a losconsumidores o usuarios como si fueran una característicadistintiva de la oferta del empresario o profesional.
La nueva Ley introducemodificaciones en cuatro leyes generales: defensa de losconsumidores y usuarios, competencia desleal, publicidad yordenación del comercio minorista. Con esta nueva normativa, se establece unrégimen jurídico unitario para todos los actos deengaño y para las prácticas agresivas y se exige elmismo nivel de corrección con independencia de que losdestinatarios de las actividades comerciales, sean consumidores oempresarios. Para combatir todo el tipo de prácticasseñaladas, el nuevo texto legal prevé la posibilidad,de emprender, entre otras, acciones de cesación delacto o prohibición de reiteración, derectificación y de resarcimiento de daños porparte de los afectados y las autoridades competentes.
FOMENTO DE LOS CÓDIGOS DECONDUCTA
Además, esta Ley también prevé por partede las Administraciones Públicas la promoción decódigos de conducta entre las organizaciones empresariales yprofesionales que ayuden a controlar las prácticaspublicitarias desleales de las empresas y a elevar el nivel deprotección de los consumidores. En la elaboración deesos códigos también podrá contarse con laparticipación de las organizaciones de consumidores. Los códigos de conducta que se redacten deberánrespetar la normativa de defensa de la competencia y se lesdará una publicidad suficiente para su debido conocimientopor los destinatarios. Asimismo, estos sistemas de autorregulación sedotarán de órganos independientes de control paraasegurar el cumplimiento eficaz de los compromisos asumidos por lasempresas adheridas y deberán establecer sistemas eficaces deresolución de las reclamaciones.
Fuente: Ministerio de Sanidad
Esta Ley, propuesta conjuntamente por los ministerios de Sanidad y Política Social, Justicia, Economía yHacienda e Industria, Turismo y Comercio, traslada a nuestroordenamiento jurídico dos disposiciones del ParlamentoEuropeo y del Consejo: la directiva 2005/29/CE, relativa aprácticas comerciales desleales, y la 2006/114/CE, sobrepublicidad engañosa y publicidad comparativa. Además de aumentar la seguridad de los consumidores, lanorma aprobada proporciona seguridad jurídica a las empresasque compiten legítimamente en el mercado frente a aquellasque realizan prácticas contrarias a la buena fe, carentes dediligencia profesional y que distorsionan de manera significativael comportamiento económico del consumidor.
PRÁCTICAS ENGAÑOSAS Y AGRESIVAS.
La nueva Ley regula por primera vez en nuestro ordenamientojurídico las prácticas comerciales agresivas ytipifica con claridad las practicas comerciales desleales, esdecir, aquellas conductas engañosas que contenganinformación falsa o que, aun siendo veraz por su contenido opresentación, pueda inducir a error a los destinatarios; porejemplo, en cuestiones como la asistencia postventa o eltratamiento de las reclamaciones. Del mismo modo, se considera desleal y agresivo todocomportamiento que pueda mermar de manera significativa, medianteacoso, coacción, fuerza o influencia indebida, la libertadde elección o conducta de los consumidores enrelación al bien o servicio que se oferte. Por ejemplo, actuacionescomo el spamtelefónico son consideradas desleales y, por tanto,perseguibles.
OTRAS CONDUCTAS DESLEALES
Entre otras conductas, también se considerandesleales: · La comparación pública de la actividad, lasprestaciones o el establecimiento propio o ajeno con los de untercero cuando dicha actividad se refiera a extremos que no seananálogos, relevantes ni comparables. · La ocultación de información necesaria para que losconsumidores puedan adoptar un comportamiento económico conconocimiento de causa. · La transmisión de información de manera poco clara,ininteligible, ambigua o en un momento que no sea adecuado. · Inducir a los consumidores a tomar decisiones inmediatas con elpretexto de que un bien o servicio sólo estarádisponible durante un período de tiempo limitado y esto nosea cierto. · Presentar los derechos que otorga la legislación a losconsumidores o usuarios como si fueran una característicadistintiva de la oferta del empresario o profesional.
La nueva Ley introducemodificaciones en cuatro leyes generales: defensa de losconsumidores y usuarios, competencia desleal, publicidad yordenación del comercio minorista. Con esta nueva normativa, se establece unrégimen jurídico unitario para todos los actos deengaño y para las prácticas agresivas y se exige elmismo nivel de corrección con independencia de que losdestinatarios de las actividades comerciales, sean consumidores oempresarios. Para combatir todo el tipo de prácticasseñaladas, el nuevo texto legal prevé la posibilidad,de emprender, entre otras, acciones de cesación delacto o prohibición de reiteración, derectificación y de resarcimiento de daños porparte de los afectados y las autoridades competentes.
FOMENTO DE LOS CÓDIGOS DECONDUCTA
Además, esta Ley también prevé por partede las Administraciones Públicas la promoción decódigos de conducta entre las organizaciones empresariales yprofesionales que ayuden a controlar las prácticaspublicitarias desleales de las empresas y a elevar el nivel deprotección de los consumidores. En la elaboración deesos códigos también podrá contarse con laparticipación de las organizaciones de consumidores. Los códigos de conducta que se redacten deberánrespetar la normativa de defensa de la competencia y se lesdará una publicidad suficiente para su debido conocimientopor los destinatarios. Asimismo, estos sistemas de autorregulación sedotarán de órganos independientes de control paraasegurar el cumplimiento eficaz de los compromisos asumidos por lasempresas adheridas y deberán establecer sistemas eficaces deresolución de las reclamaciones.
Fuente: Ministerio de Sanidad
lunes, 21 de diciembre de 2009
Garzón le pidió a Botín que pagara su curso en Nueva York.
Baltasar Garzón solicitó personalmente al Banco Santander la financiación de las actividades que el juez desarrolló en el Centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York, dos series de coloquios para los que la entidad bancaria entregó un total de 302.000 dólares (unos 260.000 euros) en 2005 y 2006.
Garzón planteó inicialmente su propuesta a Gonzalo de las Heras, en aquel momento director general del grupo Santander en Estados Unidos. Con posterioridad, el juez se relacionó directamente con el presidente, Emilio Botín. Terminada la primera fase de coloquios, el magistrado volvió a dirigirse a Botín para que la entidad patrocinara un segundo ciclo, enviándole el programa y el presupuesto.
El Banco Santander acaba de entregar en el Tribunal Supremo la nota en la que De las Heras comunicó a Botín las pretensiones del magistrado y las cartas que éste envió al máximo dirigente de la entidad, en las que se dirige a él como "Querido Emilio" y le expresa en varias ocasiones que "te agradezco la financiación".
Cinco meses después de volver de Nueva York, ya reincorporado a la Audiencia Nacional, Garzón recibió una querella contra Botín. No se abstuvo de intervenir y la inadmitió a trámite. La Sala de lo Penal de la Audiencia confirmó la inadmisión.
El jefe de la asesoría jurídica del Santander entregó el pasado lunes a la Sala Penal del Supremo los documentos de la relación que mantuvo Baltasar Garzón con directivos del banco a propósito del patrocinio de las actividades que el juez llevó a cabo en el Centro Rey Juan Carlos, adscrito a la Universidad de Nueva York.
Documentos desconocidos
Se trata de documentos hasta ahora desconocidos y que, por tanto, no pudieron tenerse en cuenta en la primera indagación que realizó el Supremo sobre los pagos a Garzón en Nueva York, donde el juez permaneció entre marzo de 2005 y junio de 2006 gracias a una singular licencia de estudios que le concedió el Consejo General del Poder Judicial.
En el curso de esa primera investigación se supo que, aparte de la financiación del Santander a los coloquios que Garzón organizó en el Centro Rey Juan Carlos, el juez percibió un sueldo de 160.333 dólares. Paralelamente, Garzón siguió cobrando su nómina de juez de la Audiencia Nacional.
La Sala Penal archivó esa primera investigación tras recibir un escrito de la Universidad de Nueva York en el que se aseguraba que el sueldo percibido por Garzón "corrió íntegramente de cuenta del Centro de Derecho y Seguridad" y que éste "no recibió fondos del Santander".
La misma universidad aseguró que los 302.000 dólares entregados por el Santander para sufragar las dos series de coloquios dirigidas por Garzón, denominadas Diálogos Transatlánticos y Derechos Humanos y Seguridad Jurídica, "fueron recibidos y administrados íntegramente por esta universidad a través del Centro Rey Juan Carlos y el departamento contable".
Sin embargo, con posterioridad al archivo de la investigación se conoció que en la memoria oficial del Centro Rey Juan Carlos se afirma que fue Garzón el que "obtuvo los fondos necesarios" para organizar los coloquios. En este dato se han basado los letrados Antonio Panea y José Luis Mazón para promover una segunda querella contra Garzón por prevaricación y cohecho.
'Información adicional'
Antes de resolver si admite o no a trámite esta querella, la Sala Penal ha reclamado al Santander el expediente completo del patrocinio, la información de cómo se gestó y las comunicaciones que existieron "con la universidad o con terceros" para su efectiva realización.
La contestación que el Santander entregó en el Tribunal el pasado lunes completa una primera respuesta que remitió el pasado 21 de octubre, considerada insuficiente por la Sala. El banco asegura al Supremo que los documentos ya enviados constituyen el expediente del patrocinio, si bien "se ha recabado información adicional" consistente en varias cartas y correos electrónicos.
Los documentos ponen de manifiesto la implicación personal de Garzón en la consecución del patrocinio del Santander a las actividades que realizó en el Centro Rey Juan Carlos. También evidencian que mantuvo una relación directa con los máximos ejecutivos del banco y que estuvo al corriente de la financiación de los coloquios por la entidad.
El primero de los documentos entregados por el Santander es una nota que el director general del grupo en Estados Unidos, Gonzalo de las Heras, envió al presidente, Emilio Botín, el 22 de abril de 2005.
El día anterior había mantenido un almuerzo con Garzón, de cuya convocatoria ya había tenido conocimiento el presidente del banco a través del propio De las Heras.
Garzón llevaba algo más de un mes en Nueva York. Según relata la nota, "está dedicando seis horas diarias a aprender inglés, lo que indica un tesón admirable". "Por ello me pareció mejor no invitar a nadie de fuera de la casa que nos obligara a hablar inglés", añade Gonzalo de las Heras.
Al almuerzo asistieron otros directivos del Santander en Estados Unidos y De las Heras lo describe como "simpático y distendido". "Garzón rompió el hielo diciendo que acudía como español y como amigo, y no como juez, y que podíamos hablar de todo lo que quisiéramos sin temer que nos llamara a aclarar el sentido de lo dicho: 'Como sabéis', dijo, 'aquí no tengo jurisdicción'".
La nota sobre el encuentro relata el proyecto de Garzón de organizar, desde la cátedra Rey Juan Carlos, unos programas que tendrían como objetivo "acercar España a Estados Unidos mostrándola desde las perspectivas de mayor actualidad económica, de los medios de comunicación, de la inmigración, la educación y el común desafío para ambas sociedades del terrorismo".
"Le dije que estaría encantado de transmitir su propuesta a Madrid y que no dudaba de que le ayudaríamos en la medida de nuestras fuerzas, pues los bancos siempre tienen que pensar en sus accionistas", indica De las Heras.
"Hoy me envía [Garzón] la propuesta que te adjunto", añadía De las Heras. "Dime qué te parece y cómo quieres que actúe".
Primer cheque
Botín debió de dar su visto bueno con rapidez porque, el 16 de mayo de 2005, emitió un primer cheque por valor de 169.000 dólares a nombre del Centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York.
El 10 de junio siguiente, Garzón se dirigió a Botín -"Querido Emilio"- y, en una carta con membrete de la Universidad de Nueva York, firmada como magistrado-juez y como titular de la cátedra Rey Juan Carlos, le agradecía "en primer lugar" la financiación recibida. A la misma adjuntaba el programa del primer ciclo de coloquios, en ese momento llamado España al día y que acabó denominándose Diálogos Transatlánticos.
Entre los documentos remitidos al Supremo por el Santander hay una segunda carta de Garzón al presidente de la entidad, fechada el 20 de enero de 2006, y en la que alude a una anterior conversación mantenida entre ambos en navidades.
La misiva tiene por objeto mandarle la propuesta de una segunda serie de coloquios sobre Derechos Humanos y Seguridad Jurídica. "Te adjunto la propuesta y el presupuesto", señalaba Garzón a Botín. El Santander también patrocinó ese segundo seminario, lo que fue agradecido por el juez a través de una nueva carta en la que se despedía de Botín enviándole "un gran abrazo".
Fuente: Diario EL MUNDO.
Garzón planteó inicialmente su propuesta a Gonzalo de las Heras, en aquel momento director general del grupo Santander en Estados Unidos. Con posterioridad, el juez se relacionó directamente con el presidente, Emilio Botín. Terminada la primera fase de coloquios, el magistrado volvió a dirigirse a Botín para que la entidad patrocinara un segundo ciclo, enviándole el programa y el presupuesto.
El Banco Santander acaba de entregar en el Tribunal Supremo la nota en la que De las Heras comunicó a Botín las pretensiones del magistrado y las cartas que éste envió al máximo dirigente de la entidad, en las que se dirige a él como "Querido Emilio" y le expresa en varias ocasiones que "te agradezco la financiación".
Cinco meses después de volver de Nueva York, ya reincorporado a la Audiencia Nacional, Garzón recibió una querella contra Botín. No se abstuvo de intervenir y la inadmitió a trámite. La Sala de lo Penal de la Audiencia confirmó la inadmisión.
El jefe de la asesoría jurídica del Santander entregó el pasado lunes a la Sala Penal del Supremo los documentos de la relación que mantuvo Baltasar Garzón con directivos del banco a propósito del patrocinio de las actividades que el juez llevó a cabo en el Centro Rey Juan Carlos, adscrito a la Universidad de Nueva York.
Documentos desconocidos
Se trata de documentos hasta ahora desconocidos y que, por tanto, no pudieron tenerse en cuenta en la primera indagación que realizó el Supremo sobre los pagos a Garzón en Nueva York, donde el juez permaneció entre marzo de 2005 y junio de 2006 gracias a una singular licencia de estudios que le concedió el Consejo General del Poder Judicial.
En el curso de esa primera investigación se supo que, aparte de la financiación del Santander a los coloquios que Garzón organizó en el Centro Rey Juan Carlos, el juez percibió un sueldo de 160.333 dólares. Paralelamente, Garzón siguió cobrando su nómina de juez de la Audiencia Nacional.
La Sala Penal archivó esa primera investigación tras recibir un escrito de la Universidad de Nueva York en el que se aseguraba que el sueldo percibido por Garzón "corrió íntegramente de cuenta del Centro de Derecho y Seguridad" y que éste "no recibió fondos del Santander".
La misma universidad aseguró que los 302.000 dólares entregados por el Santander para sufragar las dos series de coloquios dirigidas por Garzón, denominadas Diálogos Transatlánticos y Derechos Humanos y Seguridad Jurídica, "fueron recibidos y administrados íntegramente por esta universidad a través del Centro Rey Juan Carlos y el departamento contable".
Sin embargo, con posterioridad al archivo de la investigación se conoció que en la memoria oficial del Centro Rey Juan Carlos se afirma que fue Garzón el que "obtuvo los fondos necesarios" para organizar los coloquios. En este dato se han basado los letrados Antonio Panea y José Luis Mazón para promover una segunda querella contra Garzón por prevaricación y cohecho.
'Información adicional'
Antes de resolver si admite o no a trámite esta querella, la Sala Penal ha reclamado al Santander el expediente completo del patrocinio, la información de cómo se gestó y las comunicaciones que existieron "con la universidad o con terceros" para su efectiva realización.
La contestación que el Santander entregó en el Tribunal el pasado lunes completa una primera respuesta que remitió el pasado 21 de octubre, considerada insuficiente por la Sala. El banco asegura al Supremo que los documentos ya enviados constituyen el expediente del patrocinio, si bien "se ha recabado información adicional" consistente en varias cartas y correos electrónicos.
Los documentos ponen de manifiesto la implicación personal de Garzón en la consecución del patrocinio del Santander a las actividades que realizó en el Centro Rey Juan Carlos. También evidencian que mantuvo una relación directa con los máximos ejecutivos del banco y que estuvo al corriente de la financiación de los coloquios por la entidad.
El primero de los documentos entregados por el Santander es una nota que el director general del grupo en Estados Unidos, Gonzalo de las Heras, envió al presidente, Emilio Botín, el 22 de abril de 2005.
El día anterior había mantenido un almuerzo con Garzón, de cuya convocatoria ya había tenido conocimiento el presidente del banco a través del propio De las Heras.
Garzón llevaba algo más de un mes en Nueva York. Según relata la nota, "está dedicando seis horas diarias a aprender inglés, lo que indica un tesón admirable". "Por ello me pareció mejor no invitar a nadie de fuera de la casa que nos obligara a hablar inglés", añade Gonzalo de las Heras.
Al almuerzo asistieron otros directivos del Santander en Estados Unidos y De las Heras lo describe como "simpático y distendido". "Garzón rompió el hielo diciendo que acudía como español y como amigo, y no como juez, y que podíamos hablar de todo lo que quisiéramos sin temer que nos llamara a aclarar el sentido de lo dicho: 'Como sabéis', dijo, 'aquí no tengo jurisdicción'".
La nota sobre el encuentro relata el proyecto de Garzón de organizar, desde la cátedra Rey Juan Carlos, unos programas que tendrían como objetivo "acercar España a Estados Unidos mostrándola desde las perspectivas de mayor actualidad económica, de los medios de comunicación, de la inmigración, la educación y el común desafío para ambas sociedades del terrorismo".
"Le dije que estaría encantado de transmitir su propuesta a Madrid y que no dudaba de que le ayudaríamos en la medida de nuestras fuerzas, pues los bancos siempre tienen que pensar en sus accionistas", indica De las Heras.
"Hoy me envía [Garzón] la propuesta que te adjunto", añadía De las Heras. "Dime qué te parece y cómo quieres que actúe".
Primer cheque
Botín debió de dar su visto bueno con rapidez porque, el 16 de mayo de 2005, emitió un primer cheque por valor de 169.000 dólares a nombre del Centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York.
El 10 de junio siguiente, Garzón se dirigió a Botín -"Querido Emilio"- y, en una carta con membrete de la Universidad de Nueva York, firmada como magistrado-juez y como titular de la cátedra Rey Juan Carlos, le agradecía "en primer lugar" la financiación recibida. A la misma adjuntaba el programa del primer ciclo de coloquios, en ese momento llamado España al día y que acabó denominándose Diálogos Transatlánticos.
Entre los documentos remitidos al Supremo por el Santander hay una segunda carta de Garzón al presidente de la entidad, fechada el 20 de enero de 2006, y en la que alude a una anterior conversación mantenida entre ambos en navidades.
La misiva tiene por objeto mandarle la propuesta de una segunda serie de coloquios sobre Derechos Humanos y Seguridad Jurídica. "Te adjunto la propuesta y el presupuesto", señalaba Garzón a Botín. El Santander también patrocinó ese segundo seminario, lo que fue agradecido por el juez a través de una nueva carta en la que se despedía de Botín enviándole "un gran abrazo".
Fuente: Diario EL MUNDO.
IU propone que Extremadura prohíba por ley los desahucios por impago de hipotecas o alquileres.
Izquierda Unida Extremadura propuso hoy que la Comunidad Autónoma elabore una ley que prohíba los desahucios por impago de hipotecas o de alquileres a las familias con ingresos inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), estimado en 527,24 euros.
En una batería de medidas contra la crisis difundida hoy por IU, figura también que las familias con ingresos por debajo del citado Iprem dispondrán de todos los servicios municipales gratuitos, al tiempo que sus hijos tendrán libros, material y comedor escolar también gratis.
Otras medidas son la puesta en marcha de una bonificación del 50% del IBI correspondiente, así como generalizar y hacer automática una prestación equivalente al Iprem para las familias cuyos miembros hayan agotado sus prestaciones de desempleo hasta que una Ley de Renta Básica "garantice los recursos necesarios para una subsistencia digna".
También propone IU que se suspenda la obligación del pago de los 83.77 Euros, "el famoso sello de los trabajadores del campo", sin pérdida de derechos en las familias en que todos sus miembros estén en situación de desempleo.
Esta batería de medidas ha sido difundida por IU ante la celebración del Pleno de la Asamblea de Extremadura con la crisis como tema principal, según explica la propia formación en el comunicado de prensa en el que da a conocer sus propuesta.
Para IU Extremadura "no son suficientes los pequeños retoques que proponen desde el PSOE, porque las políticas de izquierdas no pueden limitarse a medidas asistenciales, si no que tienen que ir encaminadas a la planificación e intervención democrática de la economía, como manera de impedir que el mercado dirija nuestras vidas".
Las propuestas de IU están dividas en cuatro bloques: de protección y ayuda a las familias, pymes y autónomos; medidas de carácter fiscal; medidas de carácter estructural; y medidas de inversión y creación de empleo.
Impuesto a los pisos vacíos
En cuanto a las propuestas fiscales, figuran reinstaurar el Impuesto de Patrimonio;
duplicar el tipo del IRPF del tramo autonómico para las rentas susceptibles de pagar el tipo marginal (ingresos superiores a 57.000 euros); y, al mismo tiempo, reducir a la mitad el tipo del IRPF del tramo autonómico para de las rentas familiares que no superan los 18.000 euros.
También plantea IU establecer un impuesto para gravar las viviendas vacías a fin de frenar la especulación inmobiliaria; establecer un impuesto a las entidades bancarias por los cajeros automáticos, que revertiría directamente en los ayuntamientos; y reducir el 30% en el impuesto de sociedades para las empresas de 1 a 10 trabajadores y del 20% para las empresas de 10 a 20 trabajadores.
Además, pide que se subvencione con el 100% de los intereses de los préstamos a las pymes y autónomos que presenten proyectos de innovación, mejora o reforma de sus empresas que no contemplen reducción de personal.
325 Millones más para Extremadura.
Entre las medidas estructurales, IU pide reclamar al Gobierno Central la asignación a Extremadura de la cantidad de 325 millones de euros, que es la cantidad con la que, según sus cálculos, la región recibiría per cápita "la misma asignación que otras CCAA en el nuevo sistema de financiación autonómica y que de no hacerse, añadiría a la nunca liquidada 'deuda histórica' un nuevo desequilibrio interno entre comunidades".
También plantea excluir en la adjudicación de obras y servicios públicos a las empresas que hayan tenido comportamientos 'antisindicales' o hayan estado incursas en procesos por delito o infracción ambiental.
Así mismo reclama un seguimiento riguroso por parte del Sexpe de las subcontratas de obras y servicios para evitar que se produzca un deterioro de la calidad del empleo y una merma de los derechos laborales; y la elaboración de una Ley de Márgenes Comerciales que garantice precios justos a los agricultores y evite la especulación de los intermediarios.
Además, propone IU que se inicien los estudios económicos y financieros necesarios para que se pueda crear un Banca Pública de Extremadura, un Banco de Crédito Regional o un Banco de Desarrollo Regional, "que sirva de sostén a la inversión, innovación y al mantenimiento de las pymes, pequeños y medianos agricultores y autónomos".
"carpetazo" a la refinería
En cuanto a las medidas de inversión y creación de empleo, propone IU la gestión directa y autónoma, para las necesidades propias de la región, desde la Junta de Extremadura de los fondos globales que corresponden a los Planes E y otros similares que se puedan asignar. Aclara IU que, a su juicio, "los ayuntamientos no necesitan Planes E sino un nuevo sistema de financiación".
Plantea así mismo crear un Consorcio o un organismo público extremeño de Energías Renovables "al que se desviarían todos los recursos destinados a la Refinería Balboa, dando carpetazo a un proyecto de dudosa rentabilidad económica y ambiental".
Además, insta IU a la revisión de las prioridades de las inversiones previstas en el Plan de Infraestructuras orientándolas a las vías secundarias y el eje Norte-Sur del ferrocarril.
Otra medida que figura en este capítulo es una amplia campaña de protección, limpieza y repoblación en los bosques extremeños, cauces y riberas como medidas de recuperación en zonas que en los últimos años "hayan sufrido el azote de los incendios y como medida preventiva de cara la próxima campaña".
Fuente: EUROPA PRESS
En una batería de medidas contra la crisis difundida hoy por IU, figura también que las familias con ingresos por debajo del citado Iprem dispondrán de todos los servicios municipales gratuitos, al tiempo que sus hijos tendrán libros, material y comedor escolar también gratis.
Otras medidas son la puesta en marcha de una bonificación del 50% del IBI correspondiente, así como generalizar y hacer automática una prestación equivalente al Iprem para las familias cuyos miembros hayan agotado sus prestaciones de desempleo hasta que una Ley de Renta Básica "garantice los recursos necesarios para una subsistencia digna".
También propone IU que se suspenda la obligación del pago de los 83.77 Euros, "el famoso sello de los trabajadores del campo", sin pérdida de derechos en las familias en que todos sus miembros estén en situación de desempleo.
Esta batería de medidas ha sido difundida por IU ante la celebración del Pleno de la Asamblea de Extremadura con la crisis como tema principal, según explica la propia formación en el comunicado de prensa en el que da a conocer sus propuesta.
Para IU Extremadura "no son suficientes los pequeños retoques que proponen desde el PSOE, porque las políticas de izquierdas no pueden limitarse a medidas asistenciales, si no que tienen que ir encaminadas a la planificación e intervención democrática de la economía, como manera de impedir que el mercado dirija nuestras vidas".
Las propuestas de IU están dividas en cuatro bloques: de protección y ayuda a las familias, pymes y autónomos; medidas de carácter fiscal; medidas de carácter estructural; y medidas de inversión y creación de empleo.
Impuesto a los pisos vacíos
En cuanto a las propuestas fiscales, figuran reinstaurar el Impuesto de Patrimonio;
duplicar el tipo del IRPF del tramo autonómico para las rentas susceptibles de pagar el tipo marginal (ingresos superiores a 57.000 euros); y, al mismo tiempo, reducir a la mitad el tipo del IRPF del tramo autonómico para de las rentas familiares que no superan los 18.000 euros.
También plantea IU establecer un impuesto para gravar las viviendas vacías a fin de frenar la especulación inmobiliaria; establecer un impuesto a las entidades bancarias por los cajeros automáticos, que revertiría directamente en los ayuntamientos; y reducir el 30% en el impuesto de sociedades para las empresas de 1 a 10 trabajadores y del 20% para las empresas de 10 a 20 trabajadores.
Además, pide que se subvencione con el 100% de los intereses de los préstamos a las pymes y autónomos que presenten proyectos de innovación, mejora o reforma de sus empresas que no contemplen reducción de personal.
325 Millones más para Extremadura.
Entre las medidas estructurales, IU pide reclamar al Gobierno Central la asignación a Extremadura de la cantidad de 325 millones de euros, que es la cantidad con la que, según sus cálculos, la región recibiría per cápita "la misma asignación que otras CCAA en el nuevo sistema de financiación autonómica y que de no hacerse, añadiría a la nunca liquidada 'deuda histórica' un nuevo desequilibrio interno entre comunidades".
También plantea excluir en la adjudicación de obras y servicios públicos a las empresas que hayan tenido comportamientos 'antisindicales' o hayan estado incursas en procesos por delito o infracción ambiental.
Así mismo reclama un seguimiento riguroso por parte del Sexpe de las subcontratas de obras y servicios para evitar que se produzca un deterioro de la calidad del empleo y una merma de los derechos laborales; y la elaboración de una Ley de Márgenes Comerciales que garantice precios justos a los agricultores y evite la especulación de los intermediarios.
Además, propone IU que se inicien los estudios económicos y financieros necesarios para que se pueda crear un Banca Pública de Extremadura, un Banco de Crédito Regional o un Banco de Desarrollo Regional, "que sirva de sostén a la inversión, innovación y al mantenimiento de las pymes, pequeños y medianos agricultores y autónomos".
"carpetazo" a la refinería
En cuanto a las medidas de inversión y creación de empleo, propone IU la gestión directa y autónoma, para las necesidades propias de la región, desde la Junta de Extremadura de los fondos globales que corresponden a los Planes E y otros similares que se puedan asignar. Aclara IU que, a su juicio, "los ayuntamientos no necesitan Planes E sino un nuevo sistema de financiación".
Plantea así mismo crear un Consorcio o un organismo público extremeño de Energías Renovables "al que se desviarían todos los recursos destinados a la Refinería Balboa, dando carpetazo a un proyecto de dudosa rentabilidad económica y ambiental".
Además, insta IU a la revisión de las prioridades de las inversiones previstas en el Plan de Infraestructuras orientándolas a las vías secundarias y el eje Norte-Sur del ferrocarril.
Otra medida que figura en este capítulo es una amplia campaña de protección, limpieza y repoblación en los bosques extremeños, cauces y riberas como medidas de recuperación en zonas que en los últimos años "hayan sufrido el azote de los incendios y como medida preventiva de cara la próxima campaña".
Fuente: EUROPA PRESS
La Policía Nacional detiene a tres hermanos "ciberacosadores" por hostigar a varias menores mediante "grooming".
Agentes de la Policía Nacional ha detenido a tres hermanos “ciberacosadores” por hostigar a varias menores mediante grooming.
Amenazaban a las niñas para que conectaran la webcam y les exigían realizar determinadas acciones de índole sexual siguiendo sus indicaciones.
En el momento del registro del domicilio de los arrestados, éstos estaban descargando archivos de pornografía infantil.
En un descuido de un acosador, una menor pudo ver su rostro y comprobó que era un adulto quien la amenazaba.
Además, en ese mismo instante, le hizo una fotografía con su teléfono móvil que posteriormente facilitó a los investigadores su identificación.La operación se inició como consecuencia de la denuncia interpuesta por la madre de una de las víctimas menores de edad.
La mujer manifestaba que su hija de 14 años estaba siendo víctima de amenazas y abuso sexual por parte de uno o varios individuos que, tras contactar con ella a través de Internet y ganarse su confianza, la convencieron para que enviase imágenes de ella desnuda para realizar “cibersexo”.
Una vez obtenidas las fotografías comprometidas de la menor, comenzó a sufrir amenazas para que continuase enviando más y se mostrase a través de la webcam.El primer contacto entre la víctima y uno de los detenidos se produjo en casa de una amiga de la denunciante.
Reunidas cuatro menores, contactaron a través de Internet con un individuo que afirmaba ser también menor de edad.
Éste las convenció para que se desnudaran ante la cámara.Posteriormente, los “ciberacosadores” solicitaron a una de las niñas el envío de más fotos completamente desnuda.
Ante la negativa de ésta, comenzaron las amenazas.
La menor fue obligada a realizar determinadas acciones de índole sexual siguiendo las indicaciones de los acosadores.
En un descuido, la niña comprobó que se trataba de un adulto y consiguió captar una imagen de la pantalla del ordenador con su teléfono móvil, lo que facilitó la identificación del acosador por parte de la Policía.Tenencia y distribución de pornografía infantilLos arrestados facilitaron también a las menores enlaces a páginas web con contenido pornográfico de adultos y niños.
Con los datos aportados por la menor, se pudo localizar a la segunda víctima, de 15 años de edad y amiga de la primera, con la que habían actuado de la misma forma.Los agentes supervisaron varios ordenadores que se habían utilizado en los contactos con los autores de los hechos denunciados.
Tras examinarlos, se determinó que los “ciberacosadores” eran hermanos y residían en el mismo domicilio.
Ambos mostraban un perfil de menores de edad en la web para captar a nuevas víctimas.Finalmente, se obtuvo el mandamiento judicial para investigar las cuentas de correo, las conexiones de los arrestados, y registrar su domicilio.
Tras realizar un examen de los equipos informáticos, se constató que eran tres hermanos los usuarios de los mismos, por lo que se procedió a su detención.Se localizaron en el domicilio varios archivos de pornografía infantil en uno de los ordenadores y en CD y DVD grabados.
Uno de los arrestados tenía un total de 571 contactos -muchos de ellos menores de edad- en la libreta de direcciones del correo electrónico y programas de chat.
Además se han intervenido dos discos duros, un teléfono móvil en el que aparece registrado el número de una víctima y diversa documentación.
Igualmente los agentes comprobaron en el momento de realizar el registro, que se encontraban en pleno proceso de descarga archivos cuyo nombre y contenido correspondían a pornografía infantil.
Child Grooming. El grooming o child grooming es un sistema empleado por pedófilos y pederastas para ganarse la confianza de menores a través de Internet y obtener concesiones sexuales por parte de éstos.
Se trata de acoso sexual a través de la Red, que se inicia a partir de un acercamiento logrado mediante engaños en los que el “ciberacosador” (generalmente haciéndose pasar por menor de edad) obtiene material audiovisual comprometedor, pasando posteriormente al chantaje para obtener imágenes con contenido sexual.
En algunos casos llegan incluso a producirse encuentros en el acosador y la víctima.Consejos para el uso seguro de InternetLa Policía Nacional quiere recordar a los padres y madres algunos consejos básicos para que los menores de edad accedan a la Red de un modo más seguro.
Hay que establecer reglas de uso y controlar los tiempos de utilización de los ordenadores, que deben situarse en una zona común del domicilio, al objeto de supervisar las páginas a las que se accede.
Resulta necesario hablar con los menores de los riesgos que entrañan los chat, en los que pueden contactar con supuestos amigos que no lo son o con personas que se hacen pasar por otros menores para ganarse su confianza.
Asimismo, se debe insistir a los menores para que no faciliten datos personales ni ningún tipo de fotografías o vídeos a nadie a través de la Red, si no existe una completa seguridad sobre quién los va a recibir.
En caso de que algún menor detecte al navegar contenidos que puedan ser peligrosos o situaciones que les puedan parecer extrañas, que avise inmediatamente a sus padres.En la investigación han participado el GrupoI II de protección al menor de la Brigada de Investigación Tecnológica de la UDEF Central de la Comisaría General de Policía Judicial y el Grupo de Delincuencia Económica de la Jefatura Superior de Asturias.
Fuente: Ministerio del Interior
Amenazaban a las niñas para que conectaran la webcam y les exigían realizar determinadas acciones de índole sexual siguiendo sus indicaciones.
En el momento del registro del domicilio de los arrestados, éstos estaban descargando archivos de pornografía infantil.
En un descuido de un acosador, una menor pudo ver su rostro y comprobó que era un adulto quien la amenazaba.
Además, en ese mismo instante, le hizo una fotografía con su teléfono móvil que posteriormente facilitó a los investigadores su identificación.La operación se inició como consecuencia de la denuncia interpuesta por la madre de una de las víctimas menores de edad.
La mujer manifestaba que su hija de 14 años estaba siendo víctima de amenazas y abuso sexual por parte de uno o varios individuos que, tras contactar con ella a través de Internet y ganarse su confianza, la convencieron para que enviase imágenes de ella desnuda para realizar “cibersexo”.
Una vez obtenidas las fotografías comprometidas de la menor, comenzó a sufrir amenazas para que continuase enviando más y se mostrase a través de la webcam.El primer contacto entre la víctima y uno de los detenidos se produjo en casa de una amiga de la denunciante.
Reunidas cuatro menores, contactaron a través de Internet con un individuo que afirmaba ser también menor de edad.
Éste las convenció para que se desnudaran ante la cámara.Posteriormente, los “ciberacosadores” solicitaron a una de las niñas el envío de más fotos completamente desnuda.
Ante la negativa de ésta, comenzaron las amenazas.
La menor fue obligada a realizar determinadas acciones de índole sexual siguiendo las indicaciones de los acosadores.
En un descuido, la niña comprobó que se trataba de un adulto y consiguió captar una imagen de la pantalla del ordenador con su teléfono móvil, lo que facilitó la identificación del acosador por parte de la Policía.Tenencia y distribución de pornografía infantilLos arrestados facilitaron también a las menores enlaces a páginas web con contenido pornográfico de adultos y niños.
Con los datos aportados por la menor, se pudo localizar a la segunda víctima, de 15 años de edad y amiga de la primera, con la que habían actuado de la misma forma.Los agentes supervisaron varios ordenadores que se habían utilizado en los contactos con los autores de los hechos denunciados.
Tras examinarlos, se determinó que los “ciberacosadores” eran hermanos y residían en el mismo domicilio.
Ambos mostraban un perfil de menores de edad en la web para captar a nuevas víctimas.Finalmente, se obtuvo el mandamiento judicial para investigar las cuentas de correo, las conexiones de los arrestados, y registrar su domicilio.
Tras realizar un examen de los equipos informáticos, se constató que eran tres hermanos los usuarios de los mismos, por lo que se procedió a su detención.Se localizaron en el domicilio varios archivos de pornografía infantil en uno de los ordenadores y en CD y DVD grabados.
Uno de los arrestados tenía un total de 571 contactos -muchos de ellos menores de edad- en la libreta de direcciones del correo electrónico y programas de chat.
Además se han intervenido dos discos duros, un teléfono móvil en el que aparece registrado el número de una víctima y diversa documentación.
Igualmente los agentes comprobaron en el momento de realizar el registro, que se encontraban en pleno proceso de descarga archivos cuyo nombre y contenido correspondían a pornografía infantil.
Child Grooming. El grooming o child grooming es un sistema empleado por pedófilos y pederastas para ganarse la confianza de menores a través de Internet y obtener concesiones sexuales por parte de éstos.
Se trata de acoso sexual a través de la Red, que se inicia a partir de un acercamiento logrado mediante engaños en los que el “ciberacosador” (generalmente haciéndose pasar por menor de edad) obtiene material audiovisual comprometedor, pasando posteriormente al chantaje para obtener imágenes con contenido sexual.
En algunos casos llegan incluso a producirse encuentros en el acosador y la víctima.Consejos para el uso seguro de InternetLa Policía Nacional quiere recordar a los padres y madres algunos consejos básicos para que los menores de edad accedan a la Red de un modo más seguro.
Hay que establecer reglas de uso y controlar los tiempos de utilización de los ordenadores, que deben situarse en una zona común del domicilio, al objeto de supervisar las páginas a las que se accede.
Resulta necesario hablar con los menores de los riesgos que entrañan los chat, en los que pueden contactar con supuestos amigos que no lo son o con personas que se hacen pasar por otros menores para ganarse su confianza.
Asimismo, se debe insistir a los menores para que no faciliten datos personales ni ningún tipo de fotografías o vídeos a nadie a través de la Red, si no existe una completa seguridad sobre quién los va a recibir.
En caso de que algún menor detecte al navegar contenidos que puedan ser peligrosos o situaciones que les puedan parecer extrañas, que avise inmediatamente a sus padres.En la investigación han participado el GrupoI II de protección al menor de la Brigada de Investigación Tecnológica de la UDEF Central de la Comisaría General de Policía Judicial y el Grupo de Delincuencia Económica de la Jefatura Superior de Asturias.
Fuente: Ministerio del Interior
La Moncloa. Fomento tranquiliza al sector del taxi al explicarle el alcance de la última modificación legislativa.
Ambas partes llegan a la conclusión de que el artículo 21 de la Ley Ómnibus no modifica el régimen jurídico vigente para los taxis y para el alquiler de vehículo con conductor. El Ministerio se ha comprometido a abordar lo antes posible el debate sobre el desarrollo normativo de esta Ley, para despejar cualquier duda y corroborar que no va a habar modificaciones del actual régimen jurídico.
Ministerio de Fomento y representantes de las asociaciones de taxi han celebrado hoy una reunión con el objetivo de enviar un mensaje de tranquilidad al sector, una vez analizado el artículo 21 de la Ley Ómnibus y constatado que de ella no se deriva consecuencia negativa alguna para el taxi.
Esta reunión se inscribe en los contactos permanentes que el Ministerio de Fomento ha venido manteniendo con el sector desde que comenzó a elaborarse la Ley aprobada ayer en el Congreso, con objeto de que respondiese a los intereses y demandas de los taxistas.
Tras escuchar las explicaciones dadas por los representantes de Fomento, ambas partes "“Ministerio y representantes del sector"“ han debatido y evaluado el alcance objetivo de esta norma, llegando a la conclusión conjunta de que dicho artículo 21 de la Ley Ómnibus no modifica el régimen jurídico vigente hasta ahora para el sector del taxi y para el alquiler de vehículo con conductor.
En concreto, han coincidido en señalar que no establece ningún mandato legal para incrementar el número vehículos de uno u otro tipo, porque la normativa legal del Estado no puede modificar la de transporte urbano o regional, que es competencia de las Comunidades Autónomas. Por otra parte, las normas que regulan el transporte en vehículos de turismo entre Comunidades Autónomas, tanto para taxi como para alquiler con conductor "“las únicas que fija el Estado"“ no son objeto de modificación por la citada Ley.
Más bien al contrario, la Ley tiene efectos positivos, ya que se refuerzan aspectos de la regulación del sector del taxi para los servicios interautonómicos, que hasta ahora estaban en normas reglamentarias, como es el caso de las limitaciones del servicio por razón de origen y destino. Igualmente se refuerza la regulación del alquiler con conductor como servicio de transporte, que sigue sujeto "“como hasta ahora- a autorización previa. Esta autorización pudiera haber quedado en entredicho de no regularse explícitamente en una norma con rango de ley, como la Ley Ómnibus, y serle de aplicación la Directiva de Servicios.
Asimismo, el Ministerio de Fomento se ha comprometido con los representantes del sector del taxi y alquiler de vehículos con conductor a abordar lo antes posible el debate sobre la elaboración del reglamento de transportes, en el marco institucional de colaboración permanente que supone el Comité Nacional de Transporte. Mediante este pronto desarrollo y adecuación de la citada Ley Ómnibus se quiere despejar cualquier duda y llevar la tranquilidad a todo el sector, corroborando con esas normas de desarrollo que no va a haber modificaciones de su actual régimen jurídico.
Fuente: revistalegal.com
Ministerio de Fomento y representantes de las asociaciones de taxi han celebrado hoy una reunión con el objetivo de enviar un mensaje de tranquilidad al sector, una vez analizado el artículo 21 de la Ley Ómnibus y constatado que de ella no se deriva consecuencia negativa alguna para el taxi.
Esta reunión se inscribe en los contactos permanentes que el Ministerio de Fomento ha venido manteniendo con el sector desde que comenzó a elaborarse la Ley aprobada ayer en el Congreso, con objeto de que respondiese a los intereses y demandas de los taxistas.
Tras escuchar las explicaciones dadas por los representantes de Fomento, ambas partes "“Ministerio y representantes del sector"“ han debatido y evaluado el alcance objetivo de esta norma, llegando a la conclusión conjunta de que dicho artículo 21 de la Ley Ómnibus no modifica el régimen jurídico vigente hasta ahora para el sector del taxi y para el alquiler de vehículo con conductor.
En concreto, han coincidido en señalar que no establece ningún mandato legal para incrementar el número vehículos de uno u otro tipo, porque la normativa legal del Estado no puede modificar la de transporte urbano o regional, que es competencia de las Comunidades Autónomas. Por otra parte, las normas que regulan el transporte en vehículos de turismo entre Comunidades Autónomas, tanto para taxi como para alquiler con conductor "“las únicas que fija el Estado"“ no son objeto de modificación por la citada Ley.
Más bien al contrario, la Ley tiene efectos positivos, ya que se refuerzan aspectos de la regulación del sector del taxi para los servicios interautonómicos, que hasta ahora estaban en normas reglamentarias, como es el caso de las limitaciones del servicio por razón de origen y destino. Igualmente se refuerza la regulación del alquiler con conductor como servicio de transporte, que sigue sujeto "“como hasta ahora- a autorización previa. Esta autorización pudiera haber quedado en entredicho de no regularse explícitamente en una norma con rango de ley, como la Ley Ómnibus, y serle de aplicación la Directiva de Servicios.
Asimismo, el Ministerio de Fomento se ha comprometido con los representantes del sector del taxi y alquiler de vehículos con conductor a abordar lo antes posible el debate sobre la elaboración del reglamento de transportes, en el marco institucional de colaboración permanente que supone el Comité Nacional de Transporte. Mediante este pronto desarrollo y adecuación de la citada Ley Ómnibus se quiere despejar cualquier duda y llevar la tranquilidad a todo el sector, corroborando con esas normas de desarrollo que no va a haber modificaciones de su actual régimen jurídico.
Fuente: revistalegal.com
LAS EMPLEADAS DE HOGAR EQUIPARARÁN SUS CONDICIONES LABORALES A LAS DEL RESTO DE TRABAJADORES.

Las empleadas de hogar equipararán pronto sus condiciones laborales a las del resto de trabajadores. El Gobierno pretende desterrar el régimen anacrónico que las regula actualmente y que exime de la obligación de cotizar a la Seguridad Social si la jornada es inferior a 72 horas mensuales. Con la nueva norma, empleadores y empleadas estarán obligados a cotizar "desde la primera hora", según el documento que el Ministerio de Trabajo ha remitido a los sindicatos y la patronal.
Tras un intento fallido a finales de 2007, el Ejecutivo pretende retomar ahora su intención de integrar a este colectivo -cada vez más numeroso- en el régimen general de la Seguridad Social. Oficialmente hay casi 300.000 personas afiliadas al régimen especial del hogar, pero los expertos creen que la cifra real al menos duplica ese registro.
Con la idea de que el nuevo marco legal esté listo para el año próximo, los agentes sociales han pedido al secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, liquidar esta tarea pendiente antes de avanzar en otros cambios relativos al sistema de pensiones. Éstas son las novedades:
- Contrato de trabajo. La regulación desincentiva el contrato verbal, el más común hasta ahora. Si el empleador opta por esa modalidad, "el contrato se presumirá concertado por tiempo indefinido y a tiempo completo". Además, cualquiera de las partes "podrá exigir que el contrato se formalice por escrito" y el empleador estará obligado a comunicar su contenido a la Seguridad Social. En el lado negativo, el periodo de prueba podrá durar dos meses, frente a los 15 días que establece la norma actual.
- Despido. Se unifica en 20 días por año trabajado la indemnización prevista, tanto si es improcedente como si no (antes esa cuantía sólo se reservaba para los despidos improcedentes). El empleador deberá depositar el dinero al comunicar la decisión a la trabajadora y tendrá que avisarla con 20 días de antelación si ha prestado sus servicios durante más de un año. En ese periodo, la empleada tendrá derecho a una "licencia de seis horas semanales" para buscar trabajo.
- Salario. Al igual que hasta ahora, el salario mínimo (624 euros al mes en 2009) seguirá rigiendo esa relación laboral. El texto propuesto por Trabajo mantiene la discutible fórmula de poder detraer del sueldo el alojamiento o la manutención, aunque se introducen dos requisitos que limitan mucho su aplicación. En primer lugar, se rebaja del 45% al 30% el porcentaje que puede representar ese salario en especie. Además, el descuento estará prohibido si la empleada elabora los alimentos que ella misma consume y si el alojamiento en el domicilio es una condición impuesta por el empleador. Las dos medias pagas extraordinarias a las que la trabajadora tiene ahora derecho se convertirán en pagas completas en un plazo de cinco años.
- Jornada. El tiempo máximo ordinario será de 40 horas semanales. Podrá haber horas extraordinarias, pero se pagarán aparte. Entre una y otra jornada deberán transcurrir al menos 12 horas (ahora son 10). El descanso semanal será de 36 horas, que comprenderán el domingo completo y la tarde del sábado o la mañana del lunes.
- Vacaciones. No hay cambios. Las trabajadoras dispondrán de 30 días naturales, de los que al menos 15 se disfrutarán seguidos.
- Seguridad Social. Es el capítulo más novedoso del documento.Todos los empleadores deberán inscribirse en el Registro de Empresarios de la Seguridad Social. Además, se suprime el límite de 72 horas al mes por debajo del cual no había obligación de cotizar y se obliga a las dos partes a hacerlo "desde la primera hora". Aunque la empleada seguirá pagando parte de esa cantidad, la obligación de ingresar la cuota será del empleador (ahora la familia sólo tiene que hacerlo si precisa del servicio más de 80 horas al mes). El tipo de cotización será, en principio, el 22% vigente, pero irá subiendo hasta llegar al del resto de trabajadores por cuenta ajena (28,30%).
- Enfermedad y accidentes. Pagar más implicará también ampliar los derechos en caso de baja. Las empleadas cobrarán de la Seguridad Social a partir del 16º día como el resto de trabajadores (ahora la persona que contrata debe hacerse cargo hasta el día 29º). Se obligará, además, a cotizar por accidentes laborales.
Fuente: Diario EL PAÍS
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jueves, 17 de diciembre de 2009
Cataluña y Gobierno, en vilo por una sentencia del Estatut que erosiona al TC.
Cataluña y el Gobierno español están en vilo por la sentencia sobre el nuevo Estatuto catalán de un Tribunal Constitucional (TC) que, tras más de tres años de deliberaciones de los recursos planteados por el PP, el Defensor del Pueblo y cinco autonomías, ha acabado erosionado y bloqueado en su renovación.
Aunque los recursos están planteados desde 2006, la tensión ha ido 'in crescendo' durante 2009, sobre todo en las últimas semanas, puesto que el TC ya ha deliberado en base a diferentes borradores y hay quien ve inminente una sentencia que promete ser polémica.
La presidenta del TC, María Emilia Casas, no ha aclarado si habrá sentencia antes de fin de año -España inicia la presidencia de turno de la UE y este asunto podría ser una interferencia internacional-, aunque dijo que "cuando se trabaja intensamente se obtienen frutos".
Mientras, el PSOE y el PP no se ponen de acuerdo en la renovación del TC pese a que el Alto Tribunal tiene cuatro magistrados con el mandato caducado y otros cuatro están a punto de finalizarlo.
Además, el magistrado fallecido Roberto García-Calvo sigue sin ser sustituido y el PP logró que el TC aceptase la recusación de Pablo Pérez Tremps, no así la de la propia presidenta del tribunal.
Por su parte, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, que avaló recientemente la constitucionalidad de un Estatuto que volvería a votar en las Cortes, pidió "calma" y aparcar el "alarmismo" en Cataluña, en donde los nervios están a flor de piel con las elecciones catalanas cada vez más cerca (otoño 2010).
El PSC cree que un recorte del Estatut también significaría un varapalo para el PSOE y Zapatero, que lo votaron en las Cortes.
En un ambiente tenso, el presidente catalán, José Montilla, ha lanzado diversos avisos porque no piensa dar "pasos atrás" en el autogobierno, y se ha conjurado en defender el Estatut "hasta sus últimas consecuencias" apelando al "espíritu" constituyente de 1979.
En la celebración del Día de la Constitución, Montilla pidió al TC que no se erija en una nueva Cámara legislativa, después de que el nuevo Estatut fuese aprobado en 2006 por el Parlamento catalán, el Congreso, el Senado y avalado por un referéndum ciudadano.
Montilla sólo ha avanzado de su 'plan b' que piensa convocar una cumbre de líderes catalanes si el TC recorta el Estatut. Están en juego cuestiones como el término nación, los derechos históricos, los símbolos nacionales o el deber de conocer el catalán.
A la presión de la mayoría de los partidos catalanes se han sumado en 2009 iniciativas de la sociedad civil catalana, como la protagonizada por doce diarios editados en Cataluña, que publicaron un editorial en defensa de la constitucionalidad del Estatut.
Este asunto ha sido avalado en esta comunidad por sindicatos, patronales, cámaras de comercio y representantes del mundo de la cultura e incluso de la religión, como el arzobispo de Barcelona.
El PP, el Defensor del Pueblo y asociaciones de magistrados conservadores tildaron de "intolerables" las presiones al TC.
La inquietud se traduce en nervios en la oposición catalana, puesto que CiU ha hecho varias propuestas, desde revalidar en un nuevo referéndum el texto que salga del TC a organizar una cumbre de líderes antes del fallo, pasando por pedir el concierto económico.
En el tripartito han chirriado los engranajes. El conseller de Joan Saura (ICV) pidió la dimisión en bloque del TC para facilitar su renovación. Josep Lluís Carod-Rovira (ERC) propuso una manifestación preventiva. Montilla desautorizó a ambos.
La sentencia se ha convertido así en una patata caliente para todos; también para su principal recurrente, el PP, formación que no accedió a la Moncloa en las pasadas generales entre otras cuestiones por su gran diferencia en escaños con los socialistas en Cataluña.
El líder del PP, Mariano Rajoy, ha hecho gestos con Cataluña en 2009, comunidad que ha visitado de forma más asidua y en donde protagonizó por primera vez la recepción de la Diada de Sant Jordi.
Pero el PP no da su brazo a torcer y mantiene su recurso sobre 114 artículos del Estatut, algunos idénticos en otros estatutos.
Montilla ya avisó a las CCAA que han reformado sus estatutos de que una sentencia negativa también les perjudicaría.
Entre tanto, Cataluña sigue desarrollando su Estatut y ha logrado una nueva financiación que, por primera vez, la sitúa por encima de la media española, y que ha comportado la reforma de la LOFCA.
Fuete: EFE.
Aunque los recursos están planteados desde 2006, la tensión ha ido 'in crescendo' durante 2009, sobre todo en las últimas semanas, puesto que el TC ya ha deliberado en base a diferentes borradores y hay quien ve inminente una sentencia que promete ser polémica.
La presidenta del TC, María Emilia Casas, no ha aclarado si habrá sentencia antes de fin de año -España inicia la presidencia de turno de la UE y este asunto podría ser una interferencia internacional-, aunque dijo que "cuando se trabaja intensamente se obtienen frutos".
Mientras, el PSOE y el PP no se ponen de acuerdo en la renovación del TC pese a que el Alto Tribunal tiene cuatro magistrados con el mandato caducado y otros cuatro están a punto de finalizarlo.
Además, el magistrado fallecido Roberto García-Calvo sigue sin ser sustituido y el PP logró que el TC aceptase la recusación de Pablo Pérez Tremps, no así la de la propia presidenta del tribunal.
Por su parte, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, que avaló recientemente la constitucionalidad de un Estatuto que volvería a votar en las Cortes, pidió "calma" y aparcar el "alarmismo" en Cataluña, en donde los nervios están a flor de piel con las elecciones catalanas cada vez más cerca (otoño 2010).
El PSC cree que un recorte del Estatut también significaría un varapalo para el PSOE y Zapatero, que lo votaron en las Cortes.
En un ambiente tenso, el presidente catalán, José Montilla, ha lanzado diversos avisos porque no piensa dar "pasos atrás" en el autogobierno, y se ha conjurado en defender el Estatut "hasta sus últimas consecuencias" apelando al "espíritu" constituyente de 1979.
En la celebración del Día de la Constitución, Montilla pidió al TC que no se erija en una nueva Cámara legislativa, después de que el nuevo Estatut fuese aprobado en 2006 por el Parlamento catalán, el Congreso, el Senado y avalado por un referéndum ciudadano.
Montilla sólo ha avanzado de su 'plan b' que piensa convocar una cumbre de líderes catalanes si el TC recorta el Estatut. Están en juego cuestiones como el término nación, los derechos históricos, los símbolos nacionales o el deber de conocer el catalán.
A la presión de la mayoría de los partidos catalanes se han sumado en 2009 iniciativas de la sociedad civil catalana, como la protagonizada por doce diarios editados en Cataluña, que publicaron un editorial en defensa de la constitucionalidad del Estatut.
Este asunto ha sido avalado en esta comunidad por sindicatos, patronales, cámaras de comercio y representantes del mundo de la cultura e incluso de la religión, como el arzobispo de Barcelona.
El PP, el Defensor del Pueblo y asociaciones de magistrados conservadores tildaron de "intolerables" las presiones al TC.
La inquietud se traduce en nervios en la oposición catalana, puesto que CiU ha hecho varias propuestas, desde revalidar en un nuevo referéndum el texto que salga del TC a organizar una cumbre de líderes antes del fallo, pasando por pedir el concierto económico.
En el tripartito han chirriado los engranajes. El conseller de Joan Saura (ICV) pidió la dimisión en bloque del TC para facilitar su renovación. Josep Lluís Carod-Rovira (ERC) propuso una manifestación preventiva. Montilla desautorizó a ambos.
La sentencia se ha convertido así en una patata caliente para todos; también para su principal recurrente, el PP, formación que no accedió a la Moncloa en las pasadas generales entre otras cuestiones por su gran diferencia en escaños con los socialistas en Cataluña.
El líder del PP, Mariano Rajoy, ha hecho gestos con Cataluña en 2009, comunidad que ha visitado de forma más asidua y en donde protagonizó por primera vez la recepción de la Diada de Sant Jordi.
Pero el PP no da su brazo a torcer y mantiene su recurso sobre 114 artículos del Estatut, algunos idénticos en otros estatutos.
Montilla ya avisó a las CCAA que han reformado sus estatutos de que una sentencia negativa también les perjudicaría.
Entre tanto, Cataluña sigue desarrollando su Estatut y ha logrado una nueva financiación que, por primera vez, la sitúa por encima de la media española, y que ha comportado la reforma de la LOFCA.
Fuete: EFE.
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El PNV apoyará la Ley del Aborto tras incluirse la obligatoriedad de informar a los padres.
El Grupo Vasco EAJ-PNV votará a favor del Proyecto de Ley de Interrupción voluntaria del embarazo al incorporarse al texto final la obligatoriedad de informar a los tutores legales de las menores que deseen abortar y reconocer el derecho a la objeción de conciencia de los sanitarios.
La redacción final del Proyecto, según ha informado este partido, incorporará, tal y como había considerado "imprescindible", la obligatoriedad de informar de la intervención al menos a uno de los padres, tutores legales o, en su caso, los ostentadores de la patria potestad de las embarazadas de 16 y 17 años.
Igualmente, se ha acordado un supuesto de excepción para aquellas menores que puedan alegar fundadamente que dicha comunicación pueda suponerles un peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o se produzca una situación de desarraigo o desamparo.
Fuente: EFE
La redacción final del Proyecto, según ha informado este partido, incorporará, tal y como había considerado "imprescindible", la obligatoriedad de informar de la intervención al menos a uno de los padres, tutores legales o, en su caso, los ostentadores de la patria potestad de las embarazadas de 16 y 17 años.
Igualmente, se ha acordado un supuesto de excepción para aquellas menores que puedan alegar fundadamente que dicha comunicación pueda suponerles un peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o se produzca una situación de desarraigo o desamparo.
Fuente: EFE
La Justicia avala el despido durante el periodo de prueba de una embarazada.

El Tribunal de Justicia de Galicia declara válida la extinción del contrato durante la prueba de una empleada encinta porque la empresa conocía su estado cuando la contrató, y a pesar de la doctrina que dicta que estos despidos son siempre nulos.
Es válida la extinción de un contrato durante el periodo de prueba de una embarazada porque la empresa conocía el estado de la trabajadora cuando la contrató. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia supone un alivio para las empresas ante la reciente doctrina del Tribunal Constitucional que estima nulo el despido de las empleadas embarazadas incluso aunque el empresario no conozca su estado.
De esta forma, la extinción del contrato durante el periodo de prueba debe quedar protegida frente a una eventual declaración de nulidad incondicional por embarazo, siempre que conste el conocimiento del empresario de tal embarazo en el momento de suscribirse el contrato. El TSJ de Galicia estima el recurso de la empresa al entender que no hay indicio de discriminación al haber sido contratada conociendo la empresa su embarazo, de lo que se deduce que no es necesario acreditar la causa de no superación de prueba.
Los hechos atañen a una mujer que firmó un contrato por obra o servicio, con un periodo de prueba de tres meses, como ayudante comercial para concertar nuevos contratos de instalación de gas.
En el momento de la contratación, la mujer estaba embarazada de tres meses, y así lo manifestó a la empresa. El empresario pudo comprobar en una visita a la sede el visible embarazo de la empleada. Durante el periodo que trabajó para la empresa, la trabajadora realizó 700 visitas en las que consiguió cuatro contratos. La empresa le comunicó el cese del contrato por “no superar el periodo de prueba”. Y el Juzgado de lo Social nº 1 de Santiago de Compostela declaró la nulidad del despido.
La empresa argumenta que conocía en el momento de contratación que la trabajadora estaba embarazada y que, “no siendo su estado un impedimento para su contratación, no existe indicio de discriminación que permita la inversión de la carga de la prueba y exigir que la empresa acredite que la actora no supera el periodo de prueba”.
La sentencia recuerda el artículo 55.5 b del Estatuto de los Trabajadores, que dice que “será nulo el despido de las trabajadoras embarazadas [...] salvo que se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo”.
Y alude a la doctrina del Constitucional (ver información adjunta) y la delSupremo: “La finalidad es proporcionar a la trabajadora embarazada una tutela más enérgica que la ordinaria frente a la discriminación, dispensándola de la carga de acreditar indicio alguno sobre la conculcación del derecho fundamental y eximiéndola de probar que el empresario conocía el embarazo”. Así, reconoce el TSJ, “en el caso del despido, la configuración de la protección de la mujer trabajadora provoca que, salvo prueba de la procedencia del mismo, la única calificación posible sea la de la nulidad”.
Sin embargo, apunta, “en el presente caso no estamos ante una decisión empresarial adoptada bajo la forma del despido, por lo que habrá de examinarse en qué medida la utilización del libre desistimiento en periodo de prueba enmascaraba una voluntad de extinguir fundada exclusivamente en la situación de embarazo de la trabajadora”. Pero en el caso que nos ocupa la empresa conocía el embarazo en el momento de contratar. “No se ha producido el embarazo como hecho nuevo y sobrevenido a la contratación inicial y que así pueda conectarse con el cese”, destaca la sentencia.
En cuanto al periodo de prueba, el TSJ recuerda que “es una institución que permite a cualquiera de las partes que intervienen en el contrato rescindir unilateralmente el mismo, por su sola y exclusiva voluntad, sin necesidad de cumplir ninguna exigencia especial al respecto, bastando con que el periodo de prueba esté todavía vigente y que el empresario o el empleado extinga la relación laboral, sin que sea preciso con ello llevar a cabo ninguna clase especial de comunicación, ni especificar la causa, pues su motivación es meramente subjetiva de quien la adoptó”.
Todo ello, señala, “salvo que esté motivada por razón discriminatoria que viole el artículo 14 de la Constitución o vulnere cualquier otro derecho fundamental”.
Todo ello, señala, “salvo que esté motivada por razón discriminatoria que viole el artículo 14 de la Constitución o vulnere cualquier otro derecho fundamental”.
La sentencia concluye que “no era preciso que la empresa alegara causa concreta, aunque ha justificado unos deficientes resultados de la empleada –únicamente consiguió cuatro contratos en 700 visitas–”.
Otra sentencia que ignoró al Constitucional El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró nulo el despido de una trabajadora que quedó embarazada después de ser contratada –ver EXPANSIÓN de 8/12/08– con la relevancia de que la sentencia ignoró la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional y exigió “que el empresario conozca el embarazo para que se pueda calificar como nulo el despido de la mujer embarazada”.
Este razonamiento va en contra de la sentencia del Constitucional de 21 de julio de 2008, de la que fue ponente la presidenta, María Emilia Casas, que estableció: “La nulidad del despido tiene un carácter automático [...], sin contemplar requisito específico alguno, ni de comunicación previa del embarazo al empresario, ni de conocimiento previo por parte de éste, por cualquier otra vía, del embarazo”.
Por Mercedes Serraller
Publicado en Diario EXPANSIÓN
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El Supremo niega que la Ley de Igualdad abra la posibilidad de horarios a la carta.

No es posible obtener de forma automática el derecho a cambiar el horario de la jornada laboral para el cuidado de hijos menores porque tal modificación está unida a la reducción de jornada y, por tanto, a una disminución de retribuciones.
En consecuencia, tampoco es posible conseguir esta variación horaria solicitando un cambio de turno.
El Tribunal Supremo ha querido dejar clara esta doctrina en un auto en el que no tenía por qué pronunciarse ya que inadmite un recurso de casación de doctrina, lo que significa que no tenía obligación de realizar una decisión sobre el fondo del asunto. Sin embargo, sí lo ha hecho.
El caso que ha estudiado la Sala de lo Social trataba de la reclamación de una empleada con un turno rotativo de mañana, tarde y noche que pedía tener un horario fijo, de 7 a 15 horas, para cuidar a su hijo menor. El Tribunal Superior de Madrid rechazó este cambio horario –el juzgado sí lo había reconocido– porque “la Ley 39/1999 de conciliación de la vida familiar y laboral no contempla un derecho directo del trabajador a elegir turno de trabajo por motivos familiares”.
La trabajadora alegó una sentencia que sí aceptó una petición parecida, la asignación de un turno fijo por razones de guarda legal.
Sin embargo, el Supremo rechaza que puedan obtenerse estos cambios de forma automática. Y se apoya en varias razones. Este tipo de peticiones, que han proliferado exponencialmente en los últimos dos años, “carecen de amparo legal, ya que el derecho que establece el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores de fijar la concreción horaria está vinculado a la existencia de una reducción de jornada, con la consiguiente reducción de retribuciones; de ahí que no sea admisible la modificación unilateral del sistema de trabajo a turno”.
Pero el auto va más allá y dice de forma contundente que tal modificación horaria tampoco sería posible bajo la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad, que si bien ha modificado el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, lo condiciona no obstante a los términos que se fijen en la negociación colectiva o acuerdo que se llegue con el empleador”. Esta última circunstancia, señala el auto, “no existe en este caso”.
En otro de sus razonamientos jurídicos, el auto, redactado por el magistrado Víctor Eladio Fuentes López, añade que el recurso de casación no se admite, lo que significaría no entrar a decidir el fondo del asunto planteado, porque “carecen de contenido casacional aquellos recursos interpuestos contra sentencias cuyas decisiones sean coincidentes con la doctrina sentada por el Tribunal Supremo”.
Y es que a pesar de que aquí ya existían precedentes, el Supremo ha decidido pronunciarse sobre el caso.
Por José Mª. López Agúndez
Publicado en Diario EXPANSIÓN
Los jueces tildan de “vergüenza” sus retribuciones por guardias

Las asociaciones judiciales consideran “inadmisible” su baja remuneración, en pie de igualdad con el resto de funcionarios. Para la carrera judicial es “obvia la diferente responsabilidad de su trabajo”.
Las asociaciones judiciales están negociando con Justicia un nuevo modelo retributivo ante el fracaso del actual (Ley 15/2003) que ha resultado, según la judicatura, “inadecuado para abordar la justa retribución de la función jurisdiccional”. Muchas son las cuestiones a debatir pero, sin duda, entre las más llamativas se encuentran las remuneraciones por guardias. De hecho, según fuentes consultadas, si no hay una pronta respuesta por parte del Ministerio en este punto, la “carrera judicial podría volver a levantarse porque es humillante”.
Todas las asociaciones, en los informes que han remitido a Justicia, coinciden en señalar que las cuantías que perciben los jueces de guardia son “inadmisibles y vergonzosas” y exigen un cambio al objeto de que sirvan para “reflejar el trabajo que se realiza”. Lo que más censuran es que se retribuya por igual al juez que al resto de funcionarios que intervienen en las guardias, llegando a darse casos, como en los juzgados de violencia de género, en los que el titular del mismo es el que menos cobra.
Así, en partidos judiciales que cuentan entre 4 y 7 juzgados de instrucción, los jueces cobran 305 euros por estar de guardia ocho días, de 9.00 a 14.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas de lunes a sábados, domingo de 10.00 a 14.00 horas, teniendo que estar disponibles el resto de la jornada. En Juzgados Centrales de Instrucción, por una guardia semanal de permanencia cobran 255 euros, cantidad que estiman “irrisoria” si se tiene en cuenta la “responsabilidad y penosidad que puede conllevar”.
Por ello, tanto la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), como la Francisco de Vitoria (AJFV); Jueces para la Democracia (JpD), y el Foro Judicial Independiente (FJI) coinciden en exigir que la retribución de las guardias se adecúe a la “superior responsabilidad que exige al juez o magistrado”, así como que sea “acorde a la dedicación y penosidad que en cada caso conlleva, en cuantía diferenciada a lo que percibe el personal del juzgado”.
Sin embargo, ésta no es la única cuestión que está en juego en estos momentos. El propio Francisco Caamaño, durante su intervención el pasado jueves ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, avanzó que en estos momentos hay una comisión de negociación y encuentro entre las asociaciones judiciales y el Ministerio de Justicia en la que, según dijo, “se está abordando la modificación de todo el esquema retributivo de los jueces para ajustarlo a la realidad”. Ahora bien, también advirtió de que “no se trata de incrementar ahora salarios, sino de buscar una proyección idónea y un régimen retributivo plasmado en la ley, más coherente que el que hoy existe”.
El proceso que, está previsto culmine en junio de 2010, tiene preocupados a los jueces por cuanto, según critica la AJFV, el Ministerio lo remite a la nueva oficina judicial y ello sólo puede suponer “una funcionarización a la baja del estatus económico de los miembros del Poder Judicial”. Por este motivo, la asociación pide que en la futura Ley sea “el Consejo General del Poder Judicial el encargado de abonarlas en coherencia con el principio de separación de poderes”.
Desde la APM, estiman que el futuro modelo debe remunerar de manera específica la “responsabilidad y la incompatibilidad” de la carrera judicial. También solicitan la desvinculación del trabajo judicial de cualquier incentivo económico de carácter productivista, algo que, a priori, no parece que el equipo ministerial tenga en mente ya que, según aseguran las fuentes consultadas, “fijan los puntos de discusión vinculándolos esencialmente a la productividad”.
Poder adquisitivoEn este sentido, desde JpD sostienen que la actual Ley de Retribuciones “no ha sabido dar incentivos motivadores” a la judicatura e insiste en que, incluso, ha “pervertido el propio trabajo judicial por la influencia de las retribuciones variables”. Según esta asociación, que propone ampliar el número de categorías profesionales para instaurar un sistema mixto en el que la promoción y la mejora retributiva mantengan incentivados a los jueces, sería preciso que se incluyera en la futura Ley una “cláusula de revisión automática anual de las retribuciones para adaptarla al incremento real del IPC”. De esta forma, se paliaría la pérdida de poder adquisitivo que aseguran haber sufrido desde el año 2003.
En esta misma línea, el Foro solicita que se cree un complemento específico que compense el “extremo régimen de incompatibilidades” de la judicatura, al tiempo que abogan por la creación de cuatro categorías profesionales para incentivar el ascenso (juez, magistrado unipersonal, magistrado de sala y magistrado del Tribunal Supremo). Todas las asociaciones piden mejoras en materia de jubilación.
Los secretarios también negocian sus emolumentosJusticia también está negociando con los secretarios judiciales sus emolumentos. Al respecto, Francisco Caamaño, titular _de la cartera de Justicia indicó, en el Congreso _de los Diputados, que las modificaciones legislativas _y normativas que se están produciendo para permitir _el desarrollo de la nueva oficina judicial “suponen aproximadamente un incremento de seis millones de euros en las retribuciones del cuerpo de secretarios judiciales, en escala general, que también se está reestructurando y reordenando en función _de la planificación que se deriva de la nueva oficina”. _Sin embargo, desde el Colegio Nacional de Secretarios se muestran preocupados por el hecho de que se vaya aprobar antes de fin de año el Real Decreto de Puestos Tipo que, según esta asociación, está concebido “sobre la base de establecer un nuevo régimen retributivo de los secretarios a coste cero”.
A juicio del Colegio Nacional de Secretarios, que preside Rafael Lara, este proyecto tiene como pretensión básica “igualar a la baja el complemento específico correspondiente a las Unidades Procesales de Apoyo Directo, con independencia del partido judicial en que radiquen” lo que supondría, según sus estimaciones, que “un millar de secretarios verían reducido dicho complemento”. En este punto, el Colegio Nacional de Secretarios achaca al equipo de Justicia falta “de diálogo, negociación y consenso”, en una materia fundamental para el colectivo ya que precisamente ese Real Decreto –del que hasta la fecha no conocen más que un borrador del año 2006– es sobre el que pivotará el futuro marco retributivo de este cuerpo funcionarial.
Victoria Martínez-Vares
Publicado en EXPASIÓN
El Supremo da un toque de atención a los retrasos del TC

El Tribunal Supremo (TS) permite a un ciudadano reclamar por las dilaciones de casi tres años en las que ha incurrido el Tribunal Constitucional (TC) en un recurso de amparo
El Alto Tribunal le traslada que el cauce para exigir responsabilidad a la Administración del Estado por su funcionamiento anormal, en este caso, 372.022,94 euros por daños morales y materiales, es el Consejo de Ministros. Todo ello cuando el retraso del TC en el recurso sobre el Estatut que planteó el PP ya supera los tres años y medio. El propio TC dicta a menudo resoluciones sobre dilaciones indebidas de tribunales para que no se vulnere el derecho a la tutela judicial efectiva.
El recurrente, que es un abogado que se representa a sí mismo, recurrió en amparo en 1999 su despido y el TC al año siguiente inadmitió el recurso. Tras ello, recusó a dos de los magistrados de la sección del TC que había decidido y, en octubre de 2001, el pleno designó a Jiménez de Parga como ponente, informa Efe.
En junio de 2004, Jiménez de Parga cesó en su cargo de magistrado del TC sin que se hubiera practicado diligencia alguna. Su sustituto tramitó el asunto "en tres meses", subraya la sentencia,"uno de ellos, agosto", y en octubre de 2004, el Alto Tribunal acordó la inadmisión del recurso de amparo. Además, añade el Supremo, la complejidad del asunto "era escas".
Por esa demora el demandante solicitó una indemnización, reclamación que le fue denegada en 2006 por el Ministerio de Justicia y por el vicesecretario general del TC. Al Supremo le parece que la indemnización que se pide no está fundada.
Justicia comunicó al recurrente que su reclamación había sido remitida al TC debido a su falta de competencia, acuerdo que anula el Supremo, mientras que el TC resolvió que no tenía "habilitación legal para conocer de la reclamación". La sentencia entiende que "el Ministerio de Justicia, en lugar de enviar esa reclamación al TC para que la resolviera, debió hacerlo hecho al Consejo de Ministros". El TS concluye que del artículo 9.3 de la Constitución «deriva una garantía de ser resarcido por toda lesión que le haya causado una actuación del TC que pueda considerarse irregular». La sentencia tiene dos votos particulares para los que el recurso es inadmisible por falta de jurisdicción.
Fuente: Diario EXPANSIÓN.
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